Für Spanien doch auch:
Insolvencia de FTI Touristik GmbH
Promesa de cobertura para servicios de alojamiento dentro del marco de viajes organizados o
viajes con servicios de viaje asociados entre el 04/06/2024 y el 30/06/2024
Muy señores nuestros,
la sociedad Deutsche Reisesicherungsfonds GmbH ("DRSF") interviene, conforme al art. 651r del
Código Civil alemán (BGB), como cobertor del dinero de clientes para la sociedad FTI Touristik GmbH.
El fondo DRSF ha sido encargado por la República Federal de Alemania a través de una licencia estatal.
Si usted acoge a huéspedes que reservaron un viaje organizado o bien un viaje con servicios de viaje
asociados ("servicios de viajes organizados") con FTI Touristik, encontrándose actualmente en su
destino de vacaciones, eln fondo DRSF se hará cargo de las remuneraciones acordadas entre FTI
Touristik GmbH y su hotel. Estas remuneraciones incluyen los servicios a prestar conforme al contrato
en tanto que estos no fueron pagados por FTI Touristik o bien solo fueron pagados en parte, si el viaje
aún no ha concluido y si los servicios del viaje organizado fueron prestados completamente y conforme
al contrato.
Rogamos tener en cuenta que la reclamación de derechos asociados a esta declaración de asunción
de gastos está sujeta a las siguientes condiciones:
1. Se trata exclusivamente de servicios de viaje relativos a viajeros que hayan reservado a través
de los proveedores turísticos paquetes de viajes o viajes combinados en el sentido del art. 651a
o 651w BGB.
2. Se trata de servicios de viajes organizados por este tipo de viajes conforme al apartado anterior
1 que deben concluirse a más tardar hasta el 30/06/2024 en forma completa. Los servicios de
viajes organizados que deben prestarse después de dicha fecha, no serán abarcadas por la
presente declaración de asunción de gastos.
3. Los viajeros in situ no efectuaron pagos para los mismos servicios de alojamiento.
4. Se presentan comprobantes que demuestran sin lugar a duda que los servicios de viaje
organizado fueron prestados efectivamente.
El idioma determinante para esta declaración es alemán Se aplica el derecho alemán con exclusión del
derecho privado internacional y del derecho de compra de las Naciones Unidas (CISG). El fuero
exclusivo para cualquier litigio por y en relación a la presente declaración es Berlín.
Atentamente
Dr. Stefan Mees Helke Rheingans
Administrador de DRSF